En mérito a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial
del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por DESALOJO, intentó la ciudadana ELSA MARIA CORRALES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-323.676, asistida por los Abogados en ejercicio JESÚS GIL BLANCO Y WILLIAM GUERRA, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 30.997 y 135.733, respectivamente, contra el ciudadano ANTONIO DIAZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.343.946, esté en su carácter de arrendatario y la primera de los nombrados en su carácter de arrendadora de un inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, ubicado en la Avenida Los Chaguaramos, d.....