Al hilo de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara " CON LUGAR " la demanda que por DESALOJO intentada por la ciudadana LUISA MARGARITA QUINTANA OSIO, titular de la cédula de identidad Nº V-276.029, asistida por los Abogados CARMEN JULIA VILLEGAS ZAPATA y JUAN JOSE RODRIGUEZ AGUIRRE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 22.373 y 125.934, en contra de la ciudadana LUISA LUCRECIA HERNANDEZ GIL, titular de la cédula de identidad Nº V-3.821.567, sobre el inmueble constituido por un apartamento signado con el Nº 00-004, ubicado en la Calle Soublette, Residencias Catalán, Edificio 1, Planta Baja, en esta Ciudad de Maracay, Estado Aragua, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con fachada nort.....