Por los razonamientos ante expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por DESALOJO intentó la ciudadana CARMEN CECILIA ARTEAGA DURAN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.871.554, mediante su apoderada Judicial abogada ANA YOLET NIEVES TESORERO, inpreabogado Nº 74.027 contra el ciudadano JOSE FRANCISCO GUEVARA ORTIZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.227.552, en su carácter de arrendatario de un (01) inmueble constituido por un apartamento amoblado, ubicado en el conjunto
residencial Guaicamacuto, etapa I, torre B-1-1, piso 1, Urbanización Los Chaguaramo, avenida Fuerzas Aéreas, en Maracay, Estado Aragua, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Su propia fachada; SUR: Con apartament.....