Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana EMILY SALAMANCA FANDIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.583.715, debidamente asistida por la abogado en ejercicio ROSMAR TAHIS GOMEZ PLESSMANN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº78.647; y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho.-
Trátese la solicitud en cuestión de la rectificación del acta de matrimonio de la ciudadana: EMILY SALAMANCA FANDIÑO, ya identificada, que corre inserta en el Libro Duplicado que reposa ante EL REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO ARAGUA según Acta N° 985, Tomo 5, de fecha 07 de noviembre de 1992. El error denunciado consiste que al asentar en el acta de matrimonio N° 985, que reposa en el libro duplicado del Registro Principal del Estado Aragua, de la ciudadana EMILY SALAMANCA FANDIÑO , se incurrió en el error de asentar erróneamente en relación .....