Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por Antonio Morales Rodríguez contra Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM) y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Pagar, por concepto de diferencia de prestaciones sociales la suma de mil ochocientos setenta y ocho bolívares con ocho céntimos (1.878,09) por los siguientes conceptos:
1) Por concepto de indemnización de antigüedad y compensación por transferencia: Bs. 920,46
2) Por concepto de vacaciones fraccionadas la suma de Bs. 287,34
3) Por concepto de bono vacacional: Bs. 138,03
4) Por concepto de utilidades: Bs. 532,26
SEGUNDO: Pagar las cantidades de dinero que se deriven de la corrección monetaria sobre la suma indicada anteriormente, lo cual se realizará mediante experti.....