Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre las partes en el presente juicio que por RECONOCIMIENTO DE FIRMA tiene incoado ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO LA BENDICION DE DIOS, representada por el ciudadano FELIPE ARROLLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 841.453 y de este domicilio contra los ciudadanos JOSE JOEL MARIN MARIN Y MARTIN VEGAS, se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ASÍ SE DECIDE.-
Asimismo se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, con inserción de la transacción y de esta decisión.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay, a los 14 días del mes de marzo del año dos mil seis. Años 195° y 146°.
LA JUEZ,
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