Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La entrega del inmueble que se identifica a continuación: Un (01) inmueble ubicado el Sector tres (3), vereda 06 N° 24, de la Urbanización José Félix Rivas, Maracay Estado Aragua, libre de bienes y personas, en el mismo estado, en el cual lo recibió.-
SEGUNDO: Pagar a la parte actora por concepto de cánones de arrendamiento vencidos y no cancelados desde el mes de Febrero a Diciembre de 2005, de Enero a Diciembre de 2006 y de Enero a Octubre de 2007, la cantidad de CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. F 4.950,oo).
TERCERO: Entregar las solvencias correspondientes a los servicios públicos, es d.....