Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio, NULO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO celebrado entre DIOYRA DE LAS MERCEDES BARO REYES y GRETTYS KWIECIEN y condena a la parte demandada a:
UNICO: Entregar, totalmente libre de bienes y personas el siguiente inmueble: constituido por una casa, la cual se encuentra ubicada en la avenida principal de El Limón, Nº 180-A, Municipio Mario Briceño Iragorry, Maracay, Estado Aragua.
Se condena en costas a la parte demandada.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil Seis (2006). Años: 195° Y 146°.
La Juez,
Abg. Mar.....