Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio, y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar totalmente libre de bienes y personas el inmueble que a continuación se identifica: local comercial demarcado con el número 15-4 ubicado en la planta baja del edificio Mercurio ubicado en la avenida Miranda Oeste cruce con calle Vargas Sur identificado con el número 53 (antes número 27) Municipio Girardot, de esta ciudad de Maracay, del Estado Aragua.
SEGUNDO: Pagar a la parte actora la suma de cuatrocientos mil bolívares (Bs. 400.000,00) por concepto de cánones de arrendamiento vencidos y no cancelados desde el mes de septiembre de 2005 a abril de 2006.
TERCERO: Pagar las cantidades de dinero correspondiente a la corrección mon.....