Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO EFECTUADO POR LAS PARTES,
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este tribunal, en La Victoria, a los ocho (08) días del mes de enero de Dos Mil ocho (2008). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
LA JUEZ ,
DRA. JUANA ISABEL VELIZ DE CALDERON
EL SECRETARIO,
Abog. IVÁN CASTILLO MARÍN.
Expediente N° 3447-07
JIVC/icm/mg.-