este Tribunal de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena de forma SUMARIA, al Jefe de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, y al Registrador Principal Civil del Estado Aragua, estampar la debida Nota Marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO del solicitante, ciudadano JOHN FAYAD ISAAC, previamente determinada así donde dice: "...JHONG..." refiriéndose al primer nombre del Solicitante John Fayad Isaac, debe decir "...JOHN...", que es lo correcto. Así mismo el apellido de la madre del solicitante, ciudadana Amelia Isaac de Fayad, donde aparece como "...YSAC..." y no como "...ISAAC..." que es lo correcto.- Así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud y de este auto remítase con oficio a las autoridad competente.- Líbrese oficio.-
La Juez Suplente Especial,
Maira Ziems Cortez.-
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