DECISION
En razón a las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se DECLARA INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer y decidir de la presente solicitud de ADOPCION PLENA INDIVIDUAL presentada por el ciudadano GONCALVES DE JESUS MARCELINO JESUS, asistido por el abogado RAMON VICENTE RAMIREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro. 83.589 y en consecuencia, DECLINA LA PRESENTE CAUSA en un Juzgado del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de este estado con sede en la ciudad de Maracay, al que se ordena remitir el expediente una vez transcurra el lapso para que el solicitante ejerza la regulación de la competencia de así desearlo, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código d.....