DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, el Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÒN DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano SAMUEL BELISARIO MELO, venezolano. Mayor de edad, casado y titular de la cédula de identidad Nª. V-836.504, asentada en el libro de Registro Civil de Defunciones del Municipio Zamora del Estado Aragua, signada con el Nº 150, folio 150, Tomo I, de fecha 30 de Mayo del 2.005. En consecuencia, se ordena rectificar el contenido de la referida acta en los términos siguientes:
1. Insertar los nombres y apellidos de los ciudadanos: LUZ CARIDAD BELISARIO DE FAJARDO y el de JULIO CESAR BELISARIO, reconocidos como hijos legítimos del ciudadano: SAMUEL BELISARIO MELO, y así se decide.
2. En donde aparece el nombre y los apellidos MARITZA BELISARIO DE REQUENA, debe ir los nomb.....