DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente Solicitud de divorcio incoada por los ciudadanos PABLO JOSE GARCIA GOMEZ y GLORIA GARDENIA AGUILAR ESPARRAGOZA, antes identificados y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, existente entre ellos desde el día 08 de Diciembre de 1.990, según consta en copia certificada de Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 923, tomo VI de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante La Jefatura Civil de la Parroquia Josè Antonio Páez del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, los cuales se encuentran a resguardo en el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Des.....