Por las razones de hecho y derecho antes expuestas y suficientemente analizadas y apreciadas las pruebas en la presente Causa, este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de REIVINDICACION DEL DERECHO DE PROPIEDAD intentada por la ciudadana BERNARDETE DE JESÚS RODRIGUEZ DE GARCES, de nacionalidad Portuguesa, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E-973.950, en contra de los ciudadanos ENRIQUE JOSE LUIGI VASQUEZ y JUANA KENIA DIAZ GUILARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.953.121 y V-16.061.505, domiciliados en el barrio Los Hornos, sector Uno, calle La Lucha, N° 8, Municipio Libertador del Estado Aragua; que tiene por objeto el inmueble ubicado en el Barrio Los Hornos, sector 1, calle La Lucha, N° 8, Municip.....