En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, Declara: Extinguida la Instancia, de conformidad con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, consecuencialmente se ordena levantar la Medidas de Retención de Sueldo, de Tercera Parte de Aguinaldos y utilidades; y de Retención de treinta y seis (36) mensualidades en caso de retiro o despido, decretadas por este Tribunal en fecha 26 de Febrero de 2004, al efecto desglósese los documentos acompañados al Libelo de demanda, consistentes en Actas de Nacimiento, y previa certificación de fotocopias en autos, entréguese a la solicitante.