"... Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos VICTOR MANUEL SIERRA NIEVES y MARIA DIONISIA DAZA QUINTANA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.734.765 y V-19.604.684, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio LUZ MARINA IBARRA OCARIZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N°125.939. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Libertador, del Estado Aragua, en fecha 26 de noviembre de 2004, anotado bajo el Nº 274, inserta al Folio 274, Tomo 1 del año 2004.
No procrearon hijos y no adquirieron bienes.-
Déjese copia certificada de la presente decisión en el C.....