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Decisiones del dia 26/04/2004

Formato:  Ficha  Lista

Municipios Libertador Y Francisco Linarez Alcantara
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 308-2004 N° Sentencia : 0063-2004 Fecha: 26/04/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Por Intimacion
Partes:
ACTORA: JOSE E. LUCA GARCIA (REP. POR SU APOD. JUD., ABG. CARMEN RODRIGUEZ SANTANA); DEMANDADA: RUBEN JOSE GUTIERREZ
Resumen:
Tal como se ordenó en auto de fecha 20 de Abril de 2004, se observa que el Actor, no produjo conjuntamente con el escrito de demanda los instrumentos fundamentales de su pretensión, asimismo no indica el domicilio de la parte demandada en el presente juicio, incumpliendo con dicha omisión llenar los requisitos exigidos en los ordinales 2° y 6° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que en ejercicio del Despacho Saneador del Juez, Este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena al Accionante, acompañe los instrumentos fundamentales que señala en el Escrito de demanda y especifique el domicilio del demandado, absteniéndose hasta tanto de proveer sobre sus pedimentos entre ellos la admisión. Lo cual deberá hacer redactando nuevamente la demanda, todo de conformidad con lo pautado en e.....
Juez/Ponente:
Blanca Lucía Pirela Hernández
Organo:
Municipios Libertador Y Francisco Linarez Alcantara
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N° Expediente : 304-2004 N° Sentencia : 0064-2004 Fecha: 26/04/2004
Procedimiento:
Accion Reivindicatoria
Partes:
ACTORA: SUCESION MENA RODRIGUEZ (REP. POR SU APOD. JUD. ABG. JERRY G. VALE); DEMANDADA: JUAN TABERNER CRUZ
Resumen:
Doctrinariamente, se ha aceptado que el Auto para Mejor Proveer, en el Proceso Civil es aquel regulado en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil aplicable en el procedimiento ordinario, institución procesal no regulada para aplicar en los procedimientos breves, por cuanto en estos últimos, no existe la Institución de los Informes, por lo antes dicho, en ausencia de informes, y ante la necesidad de evitar la división nociva entre la verdad real y la verdad formal, que constituye, sin duda, grave obstáculo para la aplicación de la justicia, suele esta Juzgadora ordenar de oficio (potestad esta autónoma del Juez y no obligatoria o exigible por las partes), la evacuación de alguna diligencia, aplicando por analogía la Institución diligencial consagrada en el artículo 401 ejusdem, por cuanto es la más pertinente y procedente, para este tipo de procedimiento, inmediatamente a la preclusión del lapso común de promoción y evacuación de pruebas, el cual en la presente causa precluyó .....
Juez/Ponente:
Blanca Lucía Pirela Hernández
Organo:
Municipios Libertador Y Francisco Linarez Alcantara
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