Ahora bien la ciudadana jueza una vez oída la manifestación de aceptación del representante del trabajador presenciada la entrega del cheque de Gerencia Girado contra el Banco Banesco signado con el numero 33933969 por la cantidad ofrecida o sea la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.3.500,oo) y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derechos laborales este tribunal OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, le IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 11 del Reglamento de la misma y en consecuencia declara el carácter de cosa juzgada. Se ordena el cierre y archivo del expediente y su remisión al archivo judicial. en este acto Así mismo se acuerda la devolución de las p.....