este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, discriminados en el libelo de la demanda, por el ciudadano JOSÉ VICENTE GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.886.217,, condenándose a la parte demandada Entidad de Trabajo TRANSPORTE MEDITERRANEO C.A., a pagar la cantidad de DE DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLÍVARES CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 2.677.957,78).-