Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 09 de enero de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos expuesto por este Tribunal. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ ADISLAO ÁLVAREZ, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil BARNICES VENEZOLANOS, CA, BARNIVENCA, ya identificada. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.