Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, en contra de la decisión contenida en fecha 17 de marzo de 2011, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana BELKYS DELLANIRA SUAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.212.325, contra la sociedad mercantil FULLER MANTENIMIENTO, C.A., y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, ya identificada, a cancelar a la demandante, ya identificado, la suma estableci.....