Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación ejercida por la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 17/10/2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 17/10/2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano CARLOS RAMÓN FLORES, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad .....