En tal virtud, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara "PARCIALMENTE CON LUGAR", la presente demanda por Enfermedad Ocupacional, intentada por la ciudadana GAUDY YANETH RAMOS CORDERO, venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.822.054, contra la SOCIEDAD MERCANTIL "MOLINOS VENEZOLANOS, C.A. (MOLVENCA) C.A., y se le ordena cancelar la cantidad de CIENTO NOVENTA MIL QUINIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 190.521,20), por los conceptos antes descritos.
NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por la naturaleza de la decisión.
En caso de que la parte accionada no cumpla voluntariamente con la presente causa se ordenara la corrección monetaria desde el decreto de ejecución hasta la oportunidad de pago efectivo, de conform.....