Por recibido el presente expediente en fecha 17 de septiembre de 2012, este Juzgado pasa a decidir acerca de su admisibilidad de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, se observa:
Mediante escrito presentado en fecha 17 de septiembre del 2012, por la ciudadana NURIS GUTIERREZ, cedula de identidad Nº V-7.187.173, debidamente asistida por el Abg. MARCOS GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.036, mediante el cual intentan acción de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 1442-11, de fecha 16 de diciembre del 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Costa de Oro, Mario Briceño Iragorry, Libertador, Linares Alcantara y Mariño del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. Este Tribunal, luego de la revisión efectuada a las actas procesales se evidencia que el recurso no se encuentra inmerso alguna causal de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la L.....