SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO PENAL, seguido al acusado BORGES MARCANO ROGER FRANCISCO, natural de Maracay, nacido el día 11.06.77, de 37 años de edad, Estado civil: Soltero, profesión u oficio: ASISTENTE, residenciado en: Los Mangos, calle Vargas con Constitución, torre C, apartamento 134, piso 13. Maracay. Estado Aragua, teléfono: 0424-3225611, titular de la cédula de identidad Nº 13.128.817; por el lapso de Cuatro (04) MESES, contado a partir del día 05.10.2015; culminando dicho lapso en fecha 05.10.2016, en consecuencia, el mencionado acusado deberá cumplir a cabalidad con las condiciones impuestas por este Tribunal, contenidas en los ordinales 1°, 6° y 8° del artículo 45 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, así como el resto de las obligaciones impuestas por este Despacho, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 43 Eiusdem.-