DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado único de juicio de Primera Instancia del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Se Declara SIN LUGAR, la solicitud de Sustitución de la Medida Cautelar de Privación Judicial de Libertad, que recae en contra del acusado : LUCIO MARTIN RIVAS UTRERA, natural de Guárico, nacido el día 12-11-56, de 58 años de edad, soltero, residenciado en San Sebastián de los Reyes, , barrio los Sapos, calle Lourdes, casa Lourdes, a media cuadra de la cancha Lourdes, Villa de Cura Estado Aragua, cedula V-5.160.580, por una medida cautelar menos gravosa, tal como así lo pretendiera su Defensa Penal en el presente asunto, a la luz del artículo 250 del Código Orgánico Procesal; por cuanto aparecen satisfechas las circunstancias contenidas en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto no han variado las circunstancias que dieron.....