Por los fundamentos de hecho y de derecho establecidos, configurados perfectamente en el presente caso, esto es, la falta de presentación en la oportunidad procesal correspondiente del escrito de formalización del Recurso de Apelación ejercido, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, declara: PRIMERO: PERECIDO el Recurso de Apelación ejercido por la abogada FLORIVICT GONZALEZ ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N°: V-14.491.204, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 100.933, actuando en el carácter de apoderada judicial del ciudadano CIRO AUREL GUADARRAMA GÓMEZ, en contra de la sentencia emitida en fecha 27 de noviembre de 2012, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay. SEGUNDO: Una vez transcurrida la oportunidad procesal para la interposi.....