Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Asume la competente atribuida por la Sala Plena del Tribual Supremo de Justicia para conocer, sustanciar y decidir la Demanda de Nulidad de Contrato de Venta, interpuesta por el ciudadano Franklin Jesús Arévalo Lozada, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-11.177.082, debidamente asistido por el ciudadano Abogado DEYVIS LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.663, contra el Acto Administrativo contenido en el Decreto N° 19, dictado en fecha 30 de diciembre de 2012, por el ciudadano Alcalde del Municipio Zamora del Estado Aragua.
Segundo: Admitir la Demanda por Nulidad de Contrato de Vente interpuesto.
Tercero: Ordenar practi.....