Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana abogada Marilú Rojas Oporto, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 86.806, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Elba Julia Rojas, Alfredo Galea Rojas, Luís Enrique Rojas, Nereyda Rojas, Gustavo Adolfo Rojas y Carlos Galea Rojas, titulares de las cédulas de identidad N° V- 2.851.083, V- 3.125.146, V- 3.744.344, V- 4.228.709. V- 4.548.097 y V- 3.513.807, respectivamente, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA.
2.- ADMITE el recurso interpuesto y en consecuencia:
2.1. Se ORDENA la notificación del Síndico Procurador del Municipio Libertador del estado Aragua y del Fiscal Superior del Ministerio Público del.....