Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL ACCIDENTAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
UNICO: DECLARAR la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS, y EXTINGUIDA LA ACCIÓN en el recurso interpuesto por las ciudadanas LISBETH YARITZA ESPINOSA DIAZ y AMARILIS BRITO LOPEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.162.863 y V- 7.196.619, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 128.860 y 86.522 respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano LUIS MANUEL ACACIO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nº V-7.262.001, contra el CUERPO DE SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA.