Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada en ejercicio MARI LUZ SUE ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado Nº 85.795, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana LEYBA JOSEFINA RODRIGUEZ ACOSTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.658.817, parte demandada en la presente causa, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Ordinario y Ejecutor de medidas.....