Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la impugnación de la cuantía formulada por el demandado reconviniente. SEGUNDO: SIN LUGAR, el fraude procesal alegado por la parte demandada. TERCERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto en fecha 13 de Noviembre de 2013 por el abogado Roberto Prieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.205, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana Ana Zobeida Martínez, contra la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2013, por el Juzgado 1ero de Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. CUARTO: Se confirma la decisión emitida por el A-quo. QUINTO : Se declara PARCIALMENTE CON LUGA.....