Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS OMAR UZCATEGUI MEDINA y NAHIMBY GEISVISMAR ZERPA PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.683.930 y V-16.551.062 respectivamente, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído ante el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del estado Aragua, según acta de matrimonio N° 275, de fecha 12 de Diciembre de 2008. Ofíciese lo conducente a los organismos o autoridades respectivas, a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente.