En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el reconocimiento de contenido y firma solicitado por los ciudadanos JOSE ANTONIO DE JESUS PETIT, identificado con la cédula de identidad N° V-18.175.354, en su carácter de Apoderado de los ciudadanos SIMON ANTONIO DE JESUS PETIT y DERLYS KATERIN RODRIGUEZ KANZLER, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-16.765.586 y V-20.592.446, asistido por la abogada RADIMIRHJ ISABEL PEREZ ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.828, contra el ciudadano GUSTAVO ADOLFO ROMAN GIMON, titular de la cédula de identidad N° V-26.734.856. Así se decide.
SEGUNDO: RECONOCIDO el documento inserto del folio cuatro (4) al folio seis (6) del prese.....