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DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por JOAO TEOFILO GONCALVES DE ABREU, identificado con la cedula de identidad N° N° E-81.085.035, representado por su apoderado judicial abogado MARIO LUGO, inscrito Inpreabogado bajo los N° 16.101, en su carácter de arrendador, contra HUMBERTO GONCALVES MACEDO, titular de la cédula de identidad N° V-4.909.639, en su carácter de arrendatario. En consecuencia, se condena a la parte demandada ciudadana HUMBERTO GONCALVES MACEDO, a: Entregar el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la urbanización la cuarta, callejón de penetración S/N, palo negro, municipio libertador del estado Aragua, totalmente libre de bienes y de personas.
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