Este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento del contenido y firma de los documentos privados objeto del presente juicio, que rielan a los folio 6 con su respectivo vuelto, suscritos por la ciudadana DANIELA ANDREINA GUZMAN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-20.245.701, y de este domicilio y la ciudadana MARY SOLEDAD DUBOY ESCALOANA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-646.944, y de este domicilio, en representación de la SUCESION PERFECTA DEL CARMEN ESCALONA DE DUBOY, identificada con el Registro Único de Información Fiscal (RIF) J-410688084, cabe destacar que la presente homologación solo abarca el reconocimiento hecho por las partes de la firma y el contenido de las documentales privadas objeto del presente juicio, y así se decide.