´III
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho ut supra, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE la pretensión contenida en la demanda de invalidación presentada por la abogada CAROLYN EDUVIGES ALFARO DUDAMEL, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 105.183, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YELITZA DEL VALLE ALFARO GUEDEZ, identificada con la cedula de identidad N° V-6.332.522, según se evidencia de instrumento poder especial otorgado ante la Notaria Publica del estado de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, en fecha 6 de febrero de 2024, y debidamente apostillado bajo el N° NYC-2214996, contra la sentencia dictada por este tribunal en fecha 20 de febrero de 2019, en el expediente sig.....