DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre y José Ángel Lamas De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad pasiva, alegada por la parte demandada, señor JAVIER EDUARDO AGUILAR CABALLERO, extranjero, mayor de edad, titular de identidad N° E- 82.081.811, en la causa que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL presentó la abogada Rosmar Tahis Gómez Plessmann, inscrita en el IPSA bajo el número 78.647, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano GIUSEPPE LAMATTINA PEPE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.269.480; contra el señor JAVIER EDUARDO AGUILAR CABALLERO, extranjero, mayor de edad, titular de identidad N° E- 82.081.811.- SEGUNDO: En virtud de la falta de impulso procesal este Tr.....