DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de ACTA DE MATRIMONIO, solicitada por el ciudadano ALEJANDRO ANTONIO DE ARGUMOSA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.207.556, debidamente asistido por el abogado en ejercicio MOISES PEREZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 86.526; a los fines de la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, expedida por la por la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre, Estado Aragua del año 2005 quedando anotada la respectiva acta bajo el N° 192, Tomo 02 de los libros de Registro Civil de Matrimonios correspondiente a los ciudadanos ALEJANDRO ANTONIO DE ARGUMOSA NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédul.....