III
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre y José Ángel Lamas De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de nueva designación del defensor de oficio que represente debidamente a la parte co-demandada, es decir, al ciudadano RAMON ELIAS MORA VERGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.510.267 en su carácter de fiador, En la presente demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO presentó la abogada ADRIANA CECILIA LA ROSA PAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.347.788, inscrita en el IPSA bajo el número 45.292, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Mercantil MERCANTIL, C.A., (Banco Universal) en contra de la Sociedad Mercantil OASIS D.....