el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos, JUDITH JOSEFINA CONNELL GRANADOS, RAYMOND JESUS DIAZ BASTIDAS, EMERSON TADEO DIAZ BASTIDAS, ANTHONY TULIO DIAZ CONNELL y YURIMA JOSEFINA DIAZ CONNELL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.058.042, V-12.095.980, V-11.164.926, V-17.576.960 y V-18.702.003, respectivamente, en su carácter de esposa e hijos; según consta en sus respectiva acta de defunción de la causante, actas de nacimientos, y copias de cedulas de identidad solicitante, anexadas al presente expediente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Y así se decide. Expídanse todas las copias certificadas necesarias de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las a.....