el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos, ALIDA PALMA DE RAMÍREZ, ALEJANDRO REBOLLEDO, FRANCISCA PALMA REBOLLEDO, JULIA PALMA REBOLLEDO, ANDRES PALMA REBOLLEDO, VICTOR JULIO PALMA REBOLLEDO, REGINA PALMA DE TORREALBA, NELLY PALMA REBOLLEDO y FREDDY RAFAEL PALMA REBOLLEDO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.729.509, N° V-4.398.669, V-4.399.016, V-6.005.084, V-8.727.891, V-8.812.420, V-8.812.120, V-8.740.245, V-10.751.281, respectivamente, en su carácter de hijos, según consta en sus respectiva acta de defunción de la causante, actas de nacimientos, y acta de defunción del cónyuge de la De Cujus, anexadas al presente expediente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Y así se decide. Expídanse todas las copias certificadas necesarias d.....