Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos ROMULO ALFREDO SUAREZ RAMIREZ y MARIA ALEJANDRA SANTAMARIA TABARES , mayores de edad, venezolanos, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-16.012.957 y V-15.470.409 respectivamente.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron, en fecha 01 de Julio de 1.999, según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por El Registro Civil del Municipio Jose Rafael Revenga del Estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº75, año 1.999, de los Libros de Matrimonios, llevados por dicho despacho; Dicha.....