Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentada por el ciudadano SPINELLI INTRIAGO FRANCISCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.026.788 contra la ciudadana LILIA ENEIDA CONTRERAS DE SPINELLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.414.204. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil y Secretaria del Distrito Guaicaipuro en La Ciudad de Los Teques del Estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 212, Año 19.....