D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en San Mateo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologada la conciliación, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, en el juicio de
de la Obligación de Manutención, habida entre los ciudadanos YENNY MATILDE GAMBOA y EDUARDO ELIANDRO HERNANDEZ MEDINA, plenamente identificados, en su
carácter de padres del niño (Identidad omitida de
conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica
para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en el
articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, en armonía con el artículo 369 ejusdem. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copi.....