Este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: NATIVIDAD ARANA BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.666.342, quien es de nacionalidad Venezolana; natural de Maracay, estado Aragua, de 52 años de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento: 31-12-1963, de profesión u oficio vigilante privado, residenciado en: Urbanización Guasimal, Manzana 09, Torre 02, Planta Baja, apartamento Num. 08, estado Aragua, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS, por la comisión del delito: ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE. Previsto y sancionado, en el artículo 44, numeral 04 primer aparte, de la Ley Orgánica del Derecho de La Mujer a una Vida Libre de Violencia. El Penado antes identificado, se encuentra recl.....