Por las consideraciones realizadas por esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se declara Competente para conocer el presente Recurso de apelación de auto, interpuesto por el abogado Richard Cedeño, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 154.055, en su condicion de defensor Privado del ciudadano: Gregori Hernan Capote Minseros, identificado con la cédula número V-12.138.654, que recurre contra la decisión dictada en fecha 21/10/2022, por el Tribunal Tercero (3º) de Primera (1º) instancia en función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.-
Segundo: Sin Lugar, el recurso de apelación de auto interpuesto por el abogado Richar.....