Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
Primero: Se declara Competente para conocer del presente Recurso de apelación, interpuesto por los abogados Alfredo Rafael Restrepo Aquino y Gledys Carolina Fuentes Guerrero, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 111.169 y 182.288, respectivamente, en su carácter de defensores privados del acusado Luís Enrique Jiménez Rivas, identificado con la cédula número V.11.090.135, de conformidad con el artículo 127 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
SEGUNDO: ANULA la decisión de fecha 09.09.2022, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Muje.....