Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer del presente recurso de Apelación interpuesto por las/os abogadas/as Pedro Benjamín Vega Gutiérrez, Ysolina Zabala y Anngie Navas Mendoza, identificados con las cédulas números V.25.827.301, V.8.571.689 y V.21.442.364 en su orden, inscritos por ante el Inpreabogado bajos los números 307.109, 250.513 y 272.575 respectivamente, actuando en su condición de defensores privados del ciudadano Manuel Astolfo Borges Ramos, identificado con la cédula número V.10.751.389, en contra de la decisión dictada en fecha 15.08.2022 por el Tribunal Primero (1º) de Primera (1ª) Inst.....